JORNADA 2
PARTIDO: TROPICAL EL CASTILLO - LOS HALCONES DE ANTIGUA
En el mencionado encuentro el árbitro del mismo relata en INCIDENCIAS lo acontecido una vez acabado el encuentro, en el que, entre otros, se narra el incidente entre el jugador número 16 del TROPICAL CASTILLO, DON DAVID SABINO FERNANDEZ y el jugador número 16 de LOS HALCONES DE ANTIGUA, DON SERGIO MONZÓN RUIZ.
Mediante escrito dirigido a este Comité, por parte del equipo HALCONES DE ANTIGUA me hacen constar que el jugador del TROPICAL CASTILLO no es quien dice el acta y la relación que es. Se le solicita al TROPICAL CASTILLO y al ÁRBITRO del encuentro aclaraciones sobre este particular.
DON CECILIO DOMÍNGUEZ PÉREZ (árbitro del encuentro) me confirma, sin lugar a dudas que el jugador número 16 no era DON DAVID SABINO FERNÁNDEZ y el TROPICAL CASTILLO me indica que se trata de un error en los números de las camisetas y que el jugador ES don MOHAMED FADEL ABDALA SUEILAM. Con esta aclaración por parte del TROPICAL CASTILLO, le requiero nuevamente al árbitro me identifique si se trata de ese jugador y esta vez le remito todos los DNI del TROPICAL CASTILLO, por si figura en alguno de ellos. La contestación del árbitro es categórica: no se trata de ese jugador porque el jugador implicado era un jugador bastante joven y este señor tiene 43 años y me indica que no identifica al número 16 con ninguno de los DNI de los jugadores que a la fecha del partido estuviera fichado por el TROPICAL CASTILLO, es por lo que, este COMITÉ decide lo siguiente:
DECLARAR ALINEACIÓN INDEBIDA del equipo TROPICAL CASTILLO, con las siguientes consecuencias:
CAPÍTULO VI ALINEACIONES INDEBIDAS
Artículo 18 Cuando un equipo incurra en alineación indebida, bien sea por no estar fichado el jugador, bien porque esté jugando teniendo partidos de sanción pendientes de cumplir o bien porque haya estado federado y habiendo jugado en la presente temporada, el equipo será sancionado con la pérdida del partido por TRES – CERO (3-0), restándosele tres puntos de la clasificación general, una sanción económica de 75 euros por cada jugador indebidamente alineado, quedando excluido del Trofeo a la Corrección.
La reincidencia en alineación indebida supondrá la expulsión del Campeonato del equipo infractor, durante la temporada actual y debiendo pagar el total de sanciones de esa temporada, si desea participar en la siguiente o posteriores.
Artículo 18 bis El equipo que sea excluido de la competición por doble alineación indebida perderá la fianza depositada en la Agrupación de Fútbol Veterano y si desease participar nuevamente en la competición, deberá abonar la fianza establecida por la Agrupación, así como el total de las deudas de la temporada en la que ha sido excluido, tal como queda recogido en el artículo 18.
Por lo que se DECLARA:
· TROPICAL CASTILLO 0 - HALCONES DE ANTIGUA 3
· SE LE RESTAN 3 PUNTOS DE LA CLASIFICACIÓN AL TROPICAL CASTILLO
· SANCIÓN ECONÓMICA DE 75 EUROS
· EXCLUSIÓN DEL TROFEO A LA CORRECCIÓN
· AVISO DE EXPULSIÓN DE LA COMPETICIÓN, SI VUELVE A INCURRIR EN ALINEACIÓN INDEBIDA.
Puerto del Rosario a 08 de noviembre de 2015.